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Si estás “a caballo” entre UK y España, esto es, tiene gastos fijos y decides irte, como ha sido el caso, se te presenta la eterna duda. ¿Como coño transfiero dinero a mi cuenta en territorio nacional?
Mil veces mil he pedido consejo en mi sucursal en Londres. Todas las veces aconsejan formas diferentes. Incluso he preguntado en mi sucursal en Asturias, y nadie sabe ni cómo ni dónde ni cuándo. En fin, una vez más, a buscarnos la vida.
He probado de todo. Pasando el fajo en el gallumbo a lo Paco Martinez Soria, llenado tarjeta “travel money card” con euros (lo cual no está mal para pequeñas cantidades), transferencias internacionales…
Pero siempre sales perdiendo. O bien el cambio de divisa te mata (porque no se aplica el cambio real de mercado, sino uno distinto donde tú sales perdiendo -¿alguien lo puede explicar?-), o bien te cobran un porcentaje fijo sobre la cantidad transferida. Vamos, que un 3-4% en una cantidad importante te quema sobre manera.
Olvidemos el caso de Paypal o similares (es cierto que hay algunos servicios que pueden resultar interesantes, para ello ver este post), porque al final tampoco resultan interesantes, sales perdiendo.
Así que tras guerras estúpidas suplicando que alguien te diga como puede ser que en este siglo sigamos con estos tinglados, aparecen los puñeteros cheques. Los que puedes pedir en tu sucursal como “cheque book”, que hasta puedes encargarlos en los cajeros o via internet. (Al menos el Lloyds TSB)
La fórmula es la siguiente. No puedes hacerte pagar un cheque a tu propia cuenta (según tengo entendido se considera que tu no te puedes “pagar” a tí mismo, sería un sinónimo de “estafa” ¿?), por lo que los ingresos deberían ir a una 3a persona a la que no le importe hacernos el favor. Este es el peor de los puntos de la solución.
Pero tras eso, obtenemos un coste FIJO de 3 euros por cheque emitido (da igual que sean 100 que 3000 libras, eso sí, no controlo si hay o no límites), lo cual está realmente bien. Además, se nos aplica el CAMBIO REAL del mercado en el momento de emisión del cheque (la fecha del mismo), que también se nota!
Así que, transfieres la pasta a tu novia/prima/cuñado/xxx, le mantienes localizado para que no se vaya sospechosamente de vacaciones a Mallorca, y te haces una transferencia a tu cuenta. Eso sí, recordad que dependiendo del banco que utilices, éstas también costarán (o no) dinero. En mi caso por ejemplo, es de Caja Rural a Caja Rural, con lo cual no hay gastos de transferencia.
Por otra parte, si tenemos que realizar pagos a empresas, el ingreso es directo.
El otro engorro, tener que andar con los cheques patrás y palante.
Yo lo he probado y funciona, no hay más historias. Eso sí, como siempre esto es lo que mejor me ha servido a mí, por supuesto si alguien conoce forma mejor de no dejarnos sangrar por los pu&%$tos bancos, que recuerde que compartir, es mejorar
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Seguimos con los papeleos.
Algo que creo que es muy cómodo es la costumbre (u obligación) de la domiciliación de pagos en España. Aquí es bastante “raro” que nadie domicilie nada (excepto algunos contratos telefónicos, peticiones exclusivas…), de hecho cualquier factura de gas, electricidad, … o del propio NIN, nos viene por defecto como carta “a pagar” a casa en forma de gyrocredit.

Suele acompañarse de la típica explicación de como se calcula la factura, detalles, etc… , y las formas posibles de pagar la misma. Siempre disponemos de varias formas, las más comunes, pago por teléfono, transferencia bancaria, pago en el banco o pago en las Post Offices (sub-sección de Royal Mail).
Sinceramente, es un poco coñazo tener que acercarse a uno de estos sitios para pagar, pero bueno, no tengo tantas facturas como para “herniame”… Según explican, para poder hacer un direct debit es necesario acudir a una sucursal de nuestro banco y “permitir” que esa/s compañías nos hagan los cargos directamente.
Otra cosa que se “descontrola” un tanto es que -a mi me ha pasado- me han llegado 3 facturas muy seguidas del NIN, en las que no constaba el 1er pago. Con esto, la 2a. factura, incluía un pago que ya había realizado.
Y para colmo, la 3a de ellas, incluía las dos anteriores, y los meses hasta Agosto.
Vamos, resumiendo, que no todo lo que nos llega se debe “pagar”, sino llevar un poco de control con los periodos que ya hemos pagado. Lo mejor además es, en cuanto nos llegue una factura, pagarla en los próximos días, aunque tenemos casi 1 mes para hacerlo, así evitaremos que se solapen y será un poco más fácil.
Venga, vamos con el peñazo de los papeleos, pero que tenemos que hacer. Yo esto es lo que saco en claro, y espero que sirva de orientación para otros, porque por desgracia la información es -a mi ver- un caos en todo internet, y no nos facilitan mucho las cosas. (he probado por teléfono, y es un poco más de lo mismo, no he probado en persona que supongo será mucho más sencillo).
Por favor no toméis esto como guia “oficial”. Sólo como orientación y “ayuda” si es que puede serlo. Seguramente hay mucha gente que sabe mucho más del tema, y nunca dejéis de llamar, acudir, escribir, en definitiva, de dar la vara a esos millones de telefonos y direcciones que aparecen en la avalancha de papeles que recibes… Probablemente esté equivocado, como siempre.
En tal caso, para eso sirven los comentarios, y para poder aclarar las cosas, cuanto más, mejor.
Lo primero es distinguir entre los dos tipos de contratos que nos pueden hacer al buscar trabajo en UK. Por una parte tenemos la que todos conocemos y esta más extendida en España, y esto es, estar contratado por la empresa directamente para la que trabajas. Esto supondrá muchos menos problemas ya que es la propia empresa la que “legaliza” la situación del trabajador (en términos generales, como todo habrá excepciones y habrá que hacer más cosas), paga las tasas mensuales a “Her Majesty Revenue & Customs” (Hacienda de toda la vida), etc, etc.
Por otra parte -mi caso-, existe la posibilidad de que las empresas requieran de los servicios de una persona, pero por diversos motivos no quieren/pueden hacerla de la plantilla. Es el caso de Royal Mail, toda mi planta está formada por “Contractors”, a excepción de 1 o 2 personas empleadas directamente por la propia Royal Mail. Esto no quiere decir que no tengamos un horario “oficial” de entrada/salida, ni que podamos quedarnos en la cama un día que esté lloviendo. A fin de cuentas, es como trabajar para la empresa, pero sin estarlo legalmente.
Recordad que es necesario tener el NIN (National Insurance Number) en nuestro poder para aplicar como self-employed. En entradas previas del plog, hay algo como:
Bien, el primer paso es decirle a Hacienda que estamos trabajando como autónomos. Para ello, tendremos que cumplimentar un formulario que aqui os cuelgo, pero que aconsejo que lo descarguéis de la página oficial, a la que podéis acceder pulsando en este enlace. (Si está roto, podéis probar en este otro, y es el CWF1)
Tenemos la obligación de enviar ese formulario (vía correo ordinario -creo que también se puede por tfno-) antes de que pasen 3 meses desde que empezamos a trabajar. No es nada complicado, dos hojas de nada sin más que nuestros datos personales y las de nuestra “empresa ficticia”. Las direcciones y teléfonos aparecen en el pdf que ya os habréis descargado.
Al cabo de un tiempo (unas 2 semanas en mi caso), te envían a casa papeles de confirmación de que estás dado de alta, además de indicaciones para acceder a la web de los self-employed, y poder descargar guías, ayudas, etc…
Entre las más interesantes, está la de “Working For Yourself – The Guide”
Después de otro espacio de tiempo, comenzarán a lleganos los pagos de las contribuciones del NIN. Como Self-Employed tenemos que pagarlo en el mes siguiente en que nos llegue la carta a casa (exactamente en la fecha que ellos deciden, que suele ser calculada como 10 días desde que la envían)
Como esto último es lo que he hecho hoy mismo, será otra entrada, para hacerlo más tragable.
Salud y ánimo…
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Pues bien, ya tengo National Insurance Number.
Tras la entrevista del pasado 25, no han tardado demasiado en darme el número, con carta fechada el día 31, así que supongo que funciona bastante bien, ¿no?.
Ahora entre 4-6 semanas (6-8 contando desde el día de la entrevista) a esperar por la tarjeta. Ahora, en mi caso, lo importante es darme de alta como autónomo (muchas empresas hacen precisamente esto, no parece muy extraño en estas tierras). Ya tengo los papeles, y el cómo conseguirlos y aplicar será objeto de otra entrada para el tema de los papeleos.
Ya quedan menos “problemas”…
Ayer tuve la entrevista del National Insurance Number.
Me fui al Job Centre de Camden, y han sido realmente puntuales. Si tenia cita para las 11:30 a las 11:35 estaba sentado con la persona que realizó la entrevista. Tras unos 10-15 minutos de espera junto a personas de todas las nacionalidades que buscan el numero de marras como yo, poco más que decir, unas cuantas preguntas como “¿estas trabajando?, ¿dónde? ¿y a que te dedicas?, ¿has vivido antes en UK?, ¿residencia actual?, ¿datos de la residencia en Asturias antes de venir?, ¿nombres de los padres?…”
Para asegurar el trabajo, carta del employer que certifica que estás trabajando para él, y para el piso, cualquier factura (no hace falta que esté a nombre de uno como fue el caso de los bancos). Poco poco más.
Ahora entre 4-6 semanas para que te manden el número, y en 2 meses o así, la tarjeta.
Mucha gente comentaba que estas entrevistas eran duras… al menos la mía fue muy sencilla y sin ninguna pega…
Ahora queda darse de alta como freelance, lo cual ocupará otra entrada por si a alguno más le hace falta.
Ah, mi consejo es el de, si alguien se viene con intenciones de trabajar, pedir cita desde el 1er día, con cualquier carta de prueba de que estas buscando trabajo vale, y cuanto antes lo tengáis mejor que mejor. Yo ahora tengo que esperar por ejemplo al tema de autónomos por culpa de no disponer del número aún, y si te pasas tres meses de trabajo sin darte de alta, comienzan las penalizaciones…
Algo que me siempre me resultó curioso en el Reino Unido, ya sea por gente que te lo cuenta, por antiguas experiencias, … es el modo de como se “lían” las cosas con el tema de los papeleos en este país.
El tema es, tu llegas aquí, y tienes tres puntos principales que arreglar.
- Buscar trabajo (será propósito de otra entrada),
- Buscar dónde dormir
- Abrir una cuenta de banco
¿El orden? Esa es otra historia.
Las cábalas son un completo cachondeo, además de que por lo que he visto, a unas personas les funcionó mejor tomar un camino u otro, hacerlo en la ciudad o en las afueras en un pueblo…
Es cierto que todo consejo que te de gente que está o estuvo aquí, vale su peso en oro (mil gracias, una vez más a Guz y Alba). Pero también es cierto que a todos nos funciona de formas diferentes. Por eso a veces comentarios, foros en websites, …, pueden llegar a resultar en que es tal el lío y el follón que resulta poder acceder a esos 3 puntos, que baja la moral por los suelos.
Bueno pues ciertamente, es un lío. Lo es. Pero es mucho menos de lo que parece, al menos cuando ya lo has pasado. Creo que es más bien tomárselo con relativa calma y mucha paciencia.
El problema viene por lo siguiente. Para trabajar necesitas el NIN. Para solicitar el NIN tienes que estar “buscando activamente trabajo” y poder demostrarlo (cartas de rechazo, de tu empresa si ya estás trabajando…). Para cobrar necesitas una cuenta de banco. No te dan una cuenta de banco generalmente si no puedes demostrar que estás trabajando o con una residencia estable. Para obtener residencia estable (aqui ya es muy flexible, hay de todo) hay gente que te pide una carta de trabajo. Si además estás contratado como “freelance” tienes que darte de alta como freelance. Pero para ello te piden el NIN.
Cierras el círculo, y vuelves a empezar.
Los bancos son la coña. En natwest en Holloway, con mi carta de trabajo, pasaporte, etc, etc, etc… no me dieron una cuenta porque no tenía a mi nombre una factura cualquiera. Eso sí, tenía una factura de mi piso, a nombre de mi compañera de piso. “No vale para nada, prueba en HBSC”.
En Lloyds me la dieron pero con una tarjeta “cash”, dado que no pueden arriesgarse a una de crédito. Me intento apuntar a banca electrónica. Me apunto, me mandan un correo diciendo que llame a un tfno. Llamo y me piden que confirme que yo soy yo. Me preguntan por alguna factura vigente para hacerlo. “No tengo aun facturas Sr.mio”. “Entonces siento no poder confirmar su identidad”.
Al día siguiente (hoy) me voy a la sucursal de al lado, y en 5 minutos un tio super majo me lo arregla y me mandan la info a casa por carta, “para que sea más seguro”. ¿No es más seguro dármelo en mano aquí y ahora?
En fin, que tienes que reirte después de todo pero a veces, con todos mis respetos, UK parece un sketch de los Monty Python, y te puede hacer perder los nervios…
Aun así, hay que dejar claro que no es tan imposible, y por supuesto, vas a una sucursal y te dicen “a” y 100 metros más allá en la misma compañía “b”… Por eso, nunca desesperar!
La pasta, debajo de la almohada en un sobre… ahí estaba bien…
Hoy me acaba de llegar la carta a casa de la entrevista para el NIN, el numero que necesitas si trabajas, o estás buscando trabajo, etc…
El proceso no es complicado, hay que llamar al siguiente número de teléfono 08456000643 y pedir una cita para obtener el numerajo. Te preguntan varias cosas, si ya tienes trabajo o lo estas buscando, tu lugar de residencia, un telefono, y si ya habias estado en UK anteriormente (creo que nada más). Con todo eso te dan una fecha (a mi más de un mes), y te cuentan que te mandarán una carta a casa con más información.
En la carta te indican que documentos necesitas, y además de los típicos (pasaporte & ID) necesitas llevar algún comprobante de que o bien estás buscando trabajo (alguna carta de rechazo de alguna empresa, algun “síntoma” de que lo estás haciendo) o bien ya lo tienes (mi caso, en el cual tu empresa te da una carta afirmando que estás trabajando para ellos).
Es importante algún comprobante de que vives donde dices, donde te han mandado la carta. Esto es un poco putada, ya que lo mismo me ha pasado con el banco (que será otra entrada en el plog). Actualmente no llevo las facturas del piso, con lo que la única forma de corroborarlo es presentar una factura de mi compañera de piso + una carta firmada por ella que lo afirma.
Podríamos también contar con una carta del dueño del piso, que valdría como referencia. Incluso los ingresos en la cuenta al propietario… Supongo que hay varias formas de hacerlo.
Con respecto al número de tfno, hay gente que probó a llamar a un telefono que aparece en algunas webs junto al que aparece arriba. Rezan algo como “para personas con dificultades auditivas”.
NO es el caso de alguien que simplemente no se desenvuelva bien en inglés, no es suficiente para incluirnos en dicho grupo, sino que se trata de personas con minusvalías auditivas.
Los llaman TEXTPHONE y parece ser que es un aparatejo que se conecta a un tfno convencional y permite manejar de alguna manera que desconozco la conversación.
Como se ve no es un proceso nada complicado, ahora falta la entrevista, que ya contaré a ver…


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